¿Ya conoces la actualización de la factura electrónica (CFDI 4.0) para el SAT?

12/05/2022 11:46:53 AM / por Avantis

FacturacionElectronica4-0

Desde el 1 de julio será obligatorio presentar la facturación al SAT (Servicio de Administración Tributaria) utilizando el modelo de Comprobante Fiscal Digital Impreso 4.0 (CFDI 4.0), que entró en vigor el 1 de enero de este año y actualmente convive con la versión 3.3 del CFDI. Te explicamos los datos necesarios y las modificaciones de este documento con respecto a la versión anterior.

Cabe recordar que el CFDI funciona como el comprobante oficial de un pago efectuado, en el que se detallan el producto vendido, su precio y el desglose de los impuestos a los que está sujeto. Es un archivo en formato XML que cumple los estándares definidos por las autoridades.

El cambio de formato al CFDI 4.0 forma parte de las medidas con las que se procura robustecer y fortalecer las herramientas tecnológicas para simplificar el cumplimiento de las normas tributarias, de acuerdo con el SAT.

El fundamento legal para las modificaciones está en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, en cuyo decreto se sancionan, adicionan y derogan diferentes disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y el Código Fiscal de la Federación, entre otros ordenamientos y normativas.

En general, el cambio al CFDI 4.0 sirve para facilitar a la autoridad fiscal la recaudación de impuestos a través de la obtención más clara de información sobre las transacciones llevadas a cabo por los contribuyentes, además de datos relevantes tanto de personas físicas como morales y sus movimientos económicos.

 

¿Qué se modifica con el nuevo formato de facturación electrónica?

De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el CFDI 4.0 se registran diferencias respecto a la versión anterior porque:

  • Incluye de forma obligatoria el nombre y domicilio fiscal (incluyendo el código postal) del receptor.
  • Desaparece el apartado “P01 – Por Definir” en las opciones de uso y se agrega una validación al catálogo que, dependiendo del régimen fiscal del receptor, será el uso de factura que se podrá indicar. El receptor del CFDI no tendrá la obligación de validar a detalle las claves del producto o servicio de todas las facturas que reciba.
  • Se debe indicar si el producto o servicio de la operación comercial es objeto de impuesto o no, y si hay obligación de señalar el desglose de estos, incluyendo los Impuestos Trasladados y los Impuestos Retenidos aplicables por cada concepto, con las especificaciones de:
    - Base para el cálculo del impuesto.
    - Tipo de impuesto (ISR, IVA, IEPS).
    - Tipo Factor (tasa, cuota o exento).
    - Tasa o cuota (valor de la tasa o cuota correspondiente al impuesto).
    - Importe (monto total del impuesto).
  • Si el CFDI se genera en una moneda diferente al peso mexicano, será necesario indicar el tipo de cambio en FIX, que determina el Banco de México con base en un promedio de cotizaciones del mercado de cambios al mayoreo.
  • Debe indicarse si el producto es objeto de exportación.
  • En caso de relacionar el CFDI, se podrá hacer con más de un CFDI emitido anteriormente y se podrán indicar diferentes tipos de relación.
  • Incluye cambios para identificar operaciones en las que haya exportación de mercancías.
  • Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
  • Incorpora apartados para reportar información respecto de operaciones con el público en general, y las que se realicen a cuenta de terceras personas.
  • Si se emite un comprobante fiscal en una sucursal, es necesario registrar el Código Postal correspondiente a esta, sin importar que los sistemas de facturación de la empresa estén en un domicilio distinto.

 

Información obligatoria para la emisión del CFDI

Algunos datos son de uso obligatorio en el formato de facturación. A continuación, los exponemos:

  • Nombre Fiscal o Razón Social sin el Régimen de Capital y escrito en mayúsculas.
  • Código postal.
  • Régimen fiscal.

 

¿Qué datos deben llenarse en el comprobante fiscal 4.0?

Nodo o atributo

Descripción

RFC

Debe estar en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT (si es diferente del RFC Genérico). Si es persona física, habrá 13 posiciones en este campo; para personas morales la longitud es de 12 posiciones.

Nombre

El nombre, primer apellido, segundo apellido; según corresponda a la denominación o razón social registrados en el RFC. Para personas morales se deberá agregar el régimen societario.

Domicilio Fiscal del Receptor

El código postal deberá estar asociado a la clave de RFC que se registre.

Residencia Fiscal

Si el receptor es un residente en el extranjero, se deberá registrar la clave del país de residencia.

Número de Registro de Identificación Tributaria

Aplica incluso para residentes en el extranjero. Es un campo obligatorio cuando se incluye el complemento de Comercio Exterior.

Régimen Fiscal del Receptor

Las claves para diversos regímenes están en el catálogo c_RegimenFiscal publicado en el portal del SAT. Si se trata de operaciones con residentes en el extranjero y se registra el valor “XEXX010101000”, se debe registrar en este campo la clave “616” (sin obligaciones fiscales).

Uso CFDI

La clave solicitada por el receptor (persona física o moral) correspondiente al uso que le dará al comprobante fiscal, debe corresponder con los valores del catálogo c_usoCFDI del SAT.

 

¿Cómo impacta el funcionamiento de sistemas SAP la aplicación del CFDI 4.0?

El formato de factura en XML es una obligación que establece el SAT en México debido a la existencia del Comprobante Fiscal Digital por internet (CFDI) como único formato de documento de factura aceptable. Por esto, es obligatorio que los proveedores tengan una solución de facturación electrónica acreditada y una organización que facilite las firmas digitales autorizadas.

Las organizaciones mencionadas son conocidas como Proveedor Autorizado de Certificación.

Para empresas que utilizan sistemas SAP el cambio a CFDI 4.0 puede hacerse a partir de la versión SAP Business One 8.82 o posteriores.

Sobre el CFDI que ampara retenciones de información de pagos, es importante señalar:

  • Se emplea la versión 2.0
  • Incluirá siempre el nombre y domicilio fiscal del emisor y el receptor.
  • Permite relacionar otros CFDI.

 

Acerca del complemento para recepción de pagos, se destaca:

  • Se utiliza la versión 2.0
  • Hay nuevos campos para identificar si los pagos de las operaciones amparadas por el comprobante son objeto de retención de impuestos.
  • En un nuevo apartado se incluye el resumen de los importes totales de los pagos realizados, expresados en moneda nacional, además de los impuestos que se trasladan.

 

Es importante considerar que también existe una actualización en el servicio de cancelación de facturas:

  • Es necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes
  • En caso de señalar como motivo de cancelación la clave 01, “Comprobante emitido con errores con relación”, se debe relacionar el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado
  • Hay una actualización en los plazos para realizar la cancelación de facturas, con un máximo de tres días

 

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